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Accidentes, alquileres y deudas

Tuve un accidente de tránsito: cómo reclamar los daños y las lesiones

Después de un choque, los primeros días deciden el reclamo: la denuncia al seguro tiene plazo, las pruebas se pierden rápido y las aseguradoras ofrecen poco a quien no sabe lo que le corresponde. Esta guía ordena qué hacer y qué podés cobrar.

Actualizado el 30 de octubre de 2026 · Información general, no es asesoramiento sobre tu caso.

En el lugar

Si podés, antes de mover los vehículos:

  • Fotos de los autos, la posición, los daños, las patentes, las marcas en el asfalto y la señalización.
  • Nombre, DNI, teléfono, patente, aseguradora y número de póliza del otro conductor. La cédula verde y la tarjeta del seguro los tienen.
  • Teléfonos de testigos que no sean tus acompañantes.
  • No firmes nada ni reconozcas culpa. Un «fue mi culpa» en el momento se usa después.
  • Con lesiones, aunque parezcan leves: denuncia policial y atención médica con constancia escrita ese día.

Contra quién se reclama

Contra el conductor, el dueño del vehículo y su aseguradora, en forma conjunta. El seguro de responsabilidad civil es obligatorio (Ley 24.449), y el dueño o guardián de la cosa responde por el riesgo que crea, aunque no haya manejado él (art. 1757 del Código Civil y Comercial). Si el otro no tiene seguro, se reclama al conductor y al dueño con sus bienes.

Peatones, ciclistas y motociclistas tienen una protección especial: la ley presume la responsabilidad del vehículo más grande, salvo que se pruebe la culpa de la víctima.

Qué podés reclamar

El daño completo, no solo el arreglo del auto:

  • Daño material: la reparación o el valor del vehículo, la desvalorización, la privación de uso (los días sin auto).
  • Gastos médicos, farmacia, traslados, tratamientos futuros.
  • Incapacidad física o psíquica, si queda una secuela, valuada por peritos.
  • Lucro cesante: lo que dejaste de ganar mientras no pudiste trabajar.
  • Daño moral: el padecimiento, que se indemniza aparte.

Cómo es el reclamo

Primero se reclama a la aseguradora del responsable, con un abogado, con un presupuesto y la documentación médica. Muchas se resuelven ahí. Si la oferta es baja o la niegan, se pasa a la mediación prejudicial obligatoria (en la Ciudad de Buenos Aires y la provincia) y después al juicio civil. Un juicio por lesiones lleva años; por eso vale la pena un buen reclamo extrajudicial.

Plazos

El reclamo por daños prescribe a los tres años del accidente (art. 2561 del Código Civil y Comercial). El reclamo contra tu propia aseguradora (por ejemplo, por tu cobertura de daños), al año (art. 58 de la Ley de Seguros). La denuncia del siniestro, a los tres días: si no la hacés, tu seguro puede negarte la cobertura.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra el abogado?

En los reclamos por accidentes es habitual el pacto de cuota litis: un porcentaje de lo que se cobre, sin adelanto. Pedí el acuerdo por escrito.

¿La aseguradora me ofrece un monto: lo acepto?

Pedí la oferta por escrito y hacela revisar antes de firmar: una vez aceptada no se puede reclamar más por el mismo hecho. Las primeras ofertas suelen cubrir solo los daños del vehículo.

¿Si yo venía sin seguro, puedo reclamar?

Sí: manejar sin seguro es una infracción, pero no te quita el derecho a que te indemnice quien causó el daño.

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